Estancia por estudios desde el país de origen
Requisitos y cómo solicitarla
Si quieres venir a España para estudiar durante más de 90 días y todavía te encuentras en tu país de origen o de residencia, normalmente tendrás que solicitar un visado de estudios ante el Consulado de España que te corresponda.
Este procedimiento permite obtener la autorización necesaria para entrar en España y permanecer aquí durante la duración de los estudios. La solicitud debe prepararse con tiempo, porque la normativa exige presentarla, como regla general, al menos dos meses antes del comienzo de los estudios.
¿Quién puede solicitar una estancia por estudios desde el extranjero?
Esta vía está dirigida a personas extranjeras que no sean ciudadanas de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y que quieran venir a España para realizar determinados estudios de larga duración.
Entre otros, puede solicitarse para realizar:
- Estudios universitarios oficiales o títulos propios;
- Enseñanzas artísticas superiores;
- Formación Profesional de grado superior;
- Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior;
- Enseñanzas deportivas de grado superior;
- Estudios de educación secundaria postobligatoria que cumplan los requisitos previstos por la normativa.
El centro y la formación elegida deben cumplir los requisitos legales correspondientes.
¿Con cuánto tiempo de antelación tengo que solicitarla?
Este es uno de los puntos más importantes.
La solicitud debe presentarse, como regla general, con una antelación mínima de dos meses respecto a la fecha de comienzo de los estudios.
Por ejemplo, si el curso empieza el 1 de octubre, la solicitud debería presentarse, como mínimo, a principios de agosto.
Por eso, antes de matricularte o reservar un viaje, conviene organizar con tiempo:
- La admisión en el centro;
- El pago de la matrícula;
- El seguro médico;
- Los medios económicos;
- Los antecedentes penales, cuando sean necesarios;
- Y la legalización o apostilla y traducción de los documentos extranjeros.
Requisitos para solicitar el visado de estudios
Aunque la documentación exacta depende de cada caso, hay varios requisitos comunes.
Admisión en un centro adecuado
Debes haber sido admitido en un centro o institución reconocida para realizar un programa de estudios que cumpla los requisitos legales.
Además, debes acreditar que has abonado los derechos de inscripción o matrícula correspondientes.
En los estudios superiores, la formación debe ser a tiempo completo y conducir a la obtención de un título de educación superior reconocido.
Medios económicos suficientes
Debes demostrar que tienes recursos económicos suficientes para mantenerte durante tu estancia en España y poder regresar a tu país.
Como referencia, para el estudiante se exige mensualmente el 100 % del IPREM.
Si el alojamiento está pagado por adelantado durante toda la estancia, esta circunstancia puede tenerse en cuenta.
El dinero destinado a pagar los estudios no se considera parte de los fondos disponibles para la manutención.
Seguro médico
Debes contar con un seguro de enfermedad contratado con una entidad autorizada para operar en España y con prestaciones similares a las del Sistema Nacional de Salud.
Conviene revisar bien las condiciones de la póliza antes de contratarla, porque no todos los seguros sirven para este tipo de procedimiento.
Antecedentes penales
Si la estancia va a durar más de seis meses y eres mayor de edad penal, tendrás que presentar un certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países en los que hayas residido durante los últimos cinco años.
Certificado médico
Cuando la solicitud se presenta desde fuera de España, también debe aportarse un certificado médico que acredite que no se padecen enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública conforme al Reglamento Sanitario Internacional.
Pasaporte
El solicitante debe disponer de un pasaporte o título de viaje válido y reconocido en España. La información oficial exige, con carácter general, una vigencia mínima de un año. Internacional.
¿Qué documentación se suele presentar?
La documentación depende de cada expediente, pero normalmente será necesario preparar:
- Pasaporte;
- Carta de admisión;
- Justificante de matrícula o inscripción;
- Documentación económica;
- Seguro médico;
- Certificado médico;
- Antecedentes penales cuando sean exigibles;
- Y justificantes de las tasas correspondientes.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud debe presentarse ante la Misión Diplomática u Oficina Consular española correspondiente al lugar donde resida el solicitante.
El estudiante puede presentarla personalmente o mediante representante en los casos permitidos. Si se trata de un menor, deben intervenir sus padres, tutores o representantes debidamente acreditados.
Cada Consulado puede tener su propio sistema de cita previa y organización interna, por lo que es importante revisar las instrucciones concretas del Consulado competente.
¿Cuánto tarda el Consulado en resolver?
El plazo máximo previsto para resolver y expedir el visado es de un mes desde el día siguiente a la presentación de la solicitud ante la Oficina Consular competente.
Si el visado es concedido, debe recogerse dentro del plazo de dos meses desde la notificación. Si no se recoge dentro de ese periodo, puede entenderse que el interesado ha renunciado y archivarse el procedimiento.
¿Cuánto dura la estancia por estudios?
En el caso de estudios superiores, la autorización puede concederse por la duración total de los estudios.
En los estudios de educación secundaria postobligatoria, la duración será la de los estudios, con un límite máximo de un año.
La normativa prevé además que la vigencia se extienda desde un mes antes del comienzo de los estudios hasta quince días después de su finalización.
¿Tengo que solicitar una TIE al llegar a España?
Si la estancia por estudios tiene una duración superior a seis meses, tendrás que solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde tu entrada en España.
Las posibilidades concretas dependen del tipo de autorización concedida y de la formación que se esté realizando.
Por eso conviene comprobar este punto en cada caso antes de empezar a trabajar.
¿Puedo venir acompañado de mi familia?
En el caso de estudios superiores, determinados familiares pueden solicitar un visado para acompañar al estudiante, siempre que se cumplan los requisitos.
Entre ellos pueden encontrarse:
- El cónyuge;
- La pareja registrada o pareja estable debidamente acreditada;
- Y determinados hijos menores de edad.
En estos casos también deberán acreditarse medios económicos adicionales para los familiares.
Errores frecuentes al solicitar el visado de estudios
Uno de los errores más habituales es empezar a preparar el expediente demasiado tarde y no respetar el margen mínimo de dos meses antes del comienzo de los estudios.
También son frecuentes:
- Elegir un curso que no cumple los requisitos;
- No acreditar correctamente la matrícula;
- Presentar fondos económicos insuficientes;
- Contratar un seguro que no cumple las condiciones;
- Aportar antecedentes penales demasiado antiguos;
- O presentar documentos extranjeros sin la apostilla, legalización o traducción correspondiente.