Nacionalidad española por opción
Quién puede solicitarla
La nacionalidad española por opción es una forma de adquirir la nacionalidad prevista para determinadas personas que tienen un vínculo especial con España, normalmente por razones familiares.
No cualquier persona con familiares españoles puede acceder a esta vía. La ley establece unos supuestos concretos y, en algunos casos, también unos plazos determinados.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por opción?
Pueden tener derecho a optar por la nacionalidad española, entre otros:
- Personas que estén o hayan estado bajo la patria potestad de un español.
- Por ejemplo, cuando el padre o la madre adquiere la nacionalidad española mientras el hijo todavía está sujeto a su patria potestad.
- Personas cuyo padre o madre hubiera sido español de origen y nacido en España (En estos casos hay que comprobar que el padre o la madre fuera español de origen y que además hubiera nacido en España.)
- Personas cuya filiación o nacimiento en España se determina después de los 18 años (Si después de cumplir los 18 años se determina quién es el padre o la madre de la persona, o que nació en España, puede existir derecho a optar por la nacionalidad española de origen. En estos casos existe un plazo de dos años para ejercer ese derecho.)
- Personas adoptadas por un español después de los 18 años (Cuando una persona es adoptada por un español siendo ya mayor de edad, puede optar por la nacionalidad española de origen durante los dos años siguientes a la adopción.)
¿Existe un plazo para solicitarla?
Depende del supuesto.
En algunos casos el derecho de opción está sujeto a un plazo concreto, por lo que es importante comprobar la situación antes de iniciar el trámite.
También existen diferencias según la edad del interesado y según quién deba realizar la declaración ante el Registro Civil.
¿Qué documentación se necesita?
La documentación dependerá de cada caso, pero normalmente habrá que acreditar:
- La identidad del interesado
- El nacimiento
- La relación familiar con la persona española
- La nacionalidad española del padre o madre, cuando corresponda.
- y las circunstancias concretas que permiten ejercer el derecho de opción.
Cuando existan documentos extranjeros, puede ser necesario legalizarlos o apostillarlos y traducirlos al español.
¿Dónde se tramita?
La nacionalidad española por opción se tramita a través del Registro Civil.
El procedimiento concreto dependerá del lugar de residencia y de las circunstancias personales del interesado.
Nacionalidad por opción y nacionalidad por residencia: ¿es lo mismo?
No.
La nacionalidad por residencia depende principalmente del tiempo de residencia legal en España.
La nacionalidad por opción, en cambio, se basa en determinados vínculos familiares o circunstancias previstas expresamente en la ley
Por eso es importante identificar correctamente qué vía corresponde antes de presentar la solicitud.
Errores frecuentes
Uno de los errores más habituales es pensar que tener un padre, madre, abuelo u otro familiar español permite obtener automáticamente la nacionalidad por opción.
No siempre es así.
También es frecuente confundir esta vía con la nacionalidad de origen o dejar pasar un plazo cuando la ley establece un tiempo limitado para ejercer el derecho.
¿Cómo saber si puedo solicitarla?
Para saber si puedes obtener la nacionalidad española por opción, normalmente hay que revisar:
- Quién de tus familiares es o fue español;
- Si era español de origen;
- Dónde nació;
- Cuándo adquirió la nacionalidad;
- Tu edad;
- Y las circunstancias concretas de tu filiación o adopción.